BSO: Wind up workin in a gas station. Frank Zappa
Hay un refrán que dice “Reunión de pastores, oveja muerta”. Cada vez que se reune nuestra ministra del copyright con la guardia civil y las sociedades de gestión a celebrar que han cerrado varias páginas según ellos ilegales, hay una oveja muerta.
Esta vez la oveja se llama Ley de Impulso a la Sociedad de la Información, a la que, por difunta antes de nacer, la deberían ir buscando otro nombre.
Muchos de nosotros, ya denunciamos hace meses la ambiguedad de uno de los artículos que aparecían en la ley: concretamente el que hacía referencia a “la autoridad competente“. Se nos contó que no, que era inequívocamente un juez al que hacían referencia, o a las autoridades administrativas de las comunidades autónomas en base a sus competencias para retirar, por ejemplo, anuncios de fármacos fraudulentos.
Pues resulta que de rondillo, de tapadillo, sin avisar al Consejo Asesor de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información ni a las asociaciones de usuarios, el gobierno va a aprobar, si la autoridad y el tiempo lo permiten, el próximo viernes, un anteproyecto de Ley con un nuevo artículo, el 17 bis, en el que pretenden que las operadoras de internet deberán convertirse en agentes del orden, y se faculta a las sociedades de gestión a convertirse en jueces que decretan lo que se cierra y lo que no.
En el procedimiento explicado en el 17 bis, no aparece autoridad judicial alguna. De la denuncia al cierre, todo se queda entre operadora, cliente y sociedad de gestión.
Para que las operadoras detecten que material es supceptible de ser contrario a la ley habrán de violar tu intimidad y el secreto de las telecomunicaciones. Dos derechos fundamentales que se van a tomar por culo.
El dictamen del Consejo de Estado es claro:
…el anteproyecto regula mecanismos de información a los titulares de derechos de propiedad intelectual por parte de los prestadores de servicios, llegando, por ejemplo, incluso obligar a las entidades de gestión a identificar a cualquier titular de un ordenador (todos quienes están conectados a una red tienen una dirección IP) que tenga 10 o más ficheros (normalmente serán canciones o películas) en ficheros de acceso público, para que demuestre que el contenido no está puesto a disposición de modo ilícito (lo cual a veces puede ser no intencionado al tratarse de mecanismos que pueden ponerse en funcionamiento casi automáticamente al cargarse algunos programas de software).
Para detectar que esos diez ficheros o más no es software libre o programas de distribución lícita habrá que dar una patada en tu puerta o disco duro y mirar lo que tienes. Osea, que ya tenemos la Ley Corcuera que todo gobierno socialista promueve. Cojonudo.
…Como ya se ha señalado en los antecedentes (tercero) y en las consideraciones de este dictamen ( apartado II) relativas a la tramitación, este artículo 17 bis ha estado ausente del texto hasta muy avanzada la tramitación del mismo por lo que ciudadanos y organizaciones cuyos intereses pueden ser contrarios al reforzamiento que de los mecanismos para combatir ilícitos se establecen en este artículo 17 bis no han podido opinar acerca de su oportunidad o de posibles medidas alternativas menos restrictivas de la libertad de uso de Internet. Al parecer ha sido introducido a solicitud de la Sociedad General de Autores y Editores para cubrir un ??vacío legal? existente, segú n ella, en la LSSI. De hecho, este sistema regulado por el artículo 17 bis introduce el mecanismo denominado, en el sector ??de notificació n y retirada? ( o NTD) que la Directiva 2000/31/CE no contempla, aunque tampoco su espíritu es contrario a su introducción por los Estados miembros ( de hecho existe alguna variante del mismo en Francia, Finlandia e Islandia). Por lo demás, tampoco consta en el expediente que este artículo haya sido notificado, al menos todavía, a la Comisión Europea, de acuerdo con lo dispuesto en la Directiva 98/34/CE.
Queda confirmada que nuestra sospecha y suspicacias, que produjeron cierta tensión en la red (véan sino el guirigay que montaron Netoratón y Enrique Dans): nuestros legisladores están vendidos a las sociedades de gestión, entidades que defienden derechos particulares y no generales, y que se habrán convertido en los censores privados de Internet de llegar a aprobarse esta ley.
[tags]LSSI, 17 bis, internet, copyright, autor, psoe[/tags]
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abril 11, 2007
Miedo, tengo mieeeeevevedo …
abril 11, 2007
[...] -Aquí en España, podríamos a estar expuestos a sentar las bases de un modelo de censura online en Occidente (¿Inquisición 2.0?) si se aprueba la reforma de la LISI (especial atención al artículo 17 bis). Esto dejaría en papel mojado el punto 20.5 de la constitución española del 1978, como muy bien nos apunta Armonth. [...]
abril 11, 2007
Ya llevan añitos intentando cargarse los p2p.
Por ahora, mientras no haya ánimo de lucro parece que estamos relativamente a salvo. Sin embargo, parece que con la redacción actual de este proyecto de ley, la mula se iría al carajo (aunque esta ley, más que cubrir vacíos legales, me abre muchos más interrogantes).
En fin, allá ellos. El día que descargarse un disco o una peli sea ilegal, daré de baja mi conexión a internet y listos, que para ver el correo ya lo puedo hacer en el curro.
No sé qué me vendrá mejor, si el ahorro de dinero o el de tiempo.
Pena, una magnífica herramienta capada por los traficantes de humo.
abril 11, 2007
En la práctica, esto significa que la SGAE tendrá facultades legales para actuar como juez. Y sabiendo como se las gsstan, nos esperan tiempos muy duros.
Yo prepararía una carpeta tipo incoming con diez ficheros preparados, cantados si se quiere, con títulos tan significativos como “iros a tomar por culo”, “aquí no hay musica de Ramoncín, mi ordenador está libre de virus” o “Bisbal, como esto se acabe te aguarda el paro”.
Ya que nos espiarán, al menos que lo sufran.
abril 12, 2007
Bernardo, yo aún no puedo creer que esto, tal como pinta, salga adelante.
Ya es bastante peligroso darle a la policía el derecho de pisotear tu intimidad sin orden judicial (que en la red lo han hecho desde siempre, vaya, pero al menos tenían que hacerlo de forma más taimada).
¿¿¿Pero concederle patente de corso a una SOCIEDAD PRIVADA??? Tal y como se nos presenta la redacción de la ley, es un sinsentido. Sería tanto como otorgar a la $GAE el cargo de “guardián de la red”.
No creo que vayan tan lejos.
abril 12, 2007
No deberían, mendigo, pero el anteproyecto está claro. Labor nuestra será impedirlo.
abril 12, 2007
Bienvenido a LasIdeas.es Don Javier, espero que este subidón de su ego le haga merecedor de volver a los brazos de la Paltrow.
abril 13, 2007
[...] Debe haber pasado por alto el post reciente donde expongo mis razones más que evidentes para criticar una ley promovida por el gobierno de ZP y, por el momento, metida en el congelador por la Comisión de Subsecretarios, junto al dichoso artículo 17 bis, una aberración jurídica digna de enmarcar. [...]
abril 20, 2009
[...] LISI permite montar ese “organo administrativo”. Lo denunciamos en su día Para aplicar ese sistema, se propone una Comisión de Desarrollo y Control de Contenidos Digitales, [...]